"Atrapados tras las rejas" Informe 2012 sobre los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) en España

mayo 30, 2013



A lo largo del año 2012, la ONG Pueblos Unidos ha realizado 1.277 visitas a un total de 328 personas internadas en el CIE de Madrid. Esto supone más del 10% del total de internos del CIE de Aluche, estimado en 3060 personas a lo largo del año. Por primera vez, el informe recoge datos del CIE de Barcelona, también basados en un grupo de visitas estable, que ha acompañado a 55 personas internadas.

Condiciones de internamiento
Esta experiencia cotidiana constata el fuerte impacto humano y psicológico del internamiento, que genera profunda angustia, sufrimiento, desesperanza, desconcierto, estrés, desgarro… en las personas internas, en sus familias y en sus grupos de amigos y vecinos. La segunda parte del informe, de la A a la Z, muestra el drama humano de los CIE, a través de historias personales.

Las condiciones de privación de libertad en los CIE son muy deficientes, no solo en cuanto a infraestructuras sino, sobre todo, en cuanto a las posibilidades reales de ejercitar derechos básicos como el derecho a la información, a comunicarse con el exterior, al contacto con familiares, a formular quejas al Juzgado de control, a recibir visitas de entidades sociales, etc. Los CIE son, además, centros opacos que no brindan información pública ni permiten, en general, el acceso de terceros ajenos a la policía o a las empresas y entidades por ellos contratadas. 

La dureza del internamiento se agrava en los casos en los que las personas se encuentran en una situación de particular vulnerabilidad. A lo largo del año han detectado y acompañado estas situaciones destacables:

  •   24 personas con enfermedades físicas o mentales
  • 127 personas que no tienen a nadie que les visite
  • 83 personas que requieren intérprete pues no entienden el idioma
  • 56 personas con hijos menores a su cargo (de los cuales once son menores de nacionalidad española)
  • 4 mujeres especialmente vulnerables (embarazada, víctimas de trata, víctima de violencia de género)

 Los CIE españoles no proporcionan un marco razonable para atender adecuadamente estas situaciones personales. 
                                                                                                                                                             
Control migratorio indiscriminado.

Además de las carencias en las condiciones del internamiento, hay graves deficiencias en el sistema de ingresos en los CIE. El modo en que España emplea la detención administrativa en los CIE es arbitrario. De acuerdo con el derecho internacional, el derecho europeo y el derecho español, esta medida debe ser utilizada sólo como último recurso. La expulsión forzosa y, para ello, la privación de libertad, es una medida que restringe un derecho fundamental, como es la libertad. Cuando el Estado decide restringir dicho derecho individual por una falta administrativa, está obligado a hacerlo muy cuidadosamente. 

En este sentido, Naciones Unidas y la directiva europea de retorno establecen un marco de control de la estancia irregular en el que las expulsiones y el internamiento no son automáticos sino que los Estados deben analizar la situación concreta, caso por caso, de la persona extranjera. Algunos países europeos han elaborado listados de factores que la policía debe tener en cuenta a la hora de solicitar un internamiento, que incluyen aspectos relacionados con:

  •  posibilidades reales de proceder a la expulsión forzosa;
  •  circunstancias individuales, familiares y comunitarias;
  •  situación jurídica en materia de extranjería, tales como la existencia de una solicitud de regularización o un recurso contra la orden de expulsión.

En los CIE españoles, sin embargo, hay numerosas personas con decretos de expulsión por estancia irregular, cuyas circunstancias particulares no han sido consideraras ni por la policía ni por los juzgados que autorizaron el internamiento. A lo largo del año 2012, incluso detectarón en el CIE de ALUCHE, 18 casos en los que la persona ni siquiera tenía una orden de expulsión previa al internamiento. Atender a las circunstancias concretas de cada caso en vez de gestionar el control migratorio de manera indiscriminada, aunque sea más complejo, es más acorde con las exigencias de nuestro estado de Derecho.  

Criminalización de las personas inmigrantes
Según los datos facilitados, a lo largo del año 2012, menos de un tercio de las personas visitadas en el CIE (exactamente el 27%) tenían antecedentes penales, es decir, una condena penal.
Este dato contrasta con la cifra del 87% de “expulsiones cualificadas” que maneja el Ministerio del Interior, que intenta convertir así la gestión de los CIE en una cuestión de seguridad ciudadana. Sin embargo, estas cifras son muy ambiguas y poco creíbles. No hay cifras públicas de la población que pasa anualmente por los CIE, ni del porcentaje de personas ingresadas en los CIE que son finalmente expulsadas, ni del perfil jurídico de estas personas. Y cuando preguntan por esta cifra, aparece el hecho de que se refiere al total de personas expulsadas (aunque la mayoría no pasan por los CIE), que no incluye las personas recién llegadas a España (que por definición carecen de antecedentes penales), que incluye también antecedentes policiales (no hay justificación para asemejarlo a antecedentes penales) o procesos judiciales en trámite (violando con ello la presunción de inocencia).
Por ello reclaman mayor transparencia en este punto, con términos más precisos que el de “expulsiones cualificadas” y con mayor desglose de los datos.

El Reglamento de los CIE
Durante el año 2012, el Gobierno ha manifestado su propósito de elaborar un Reglamento de los CIE, abriendo para ello un diálogo con las entidades sociales, al que diversas organizaciones sociales de todo el Estado nos hemos sumado con voluntad constructiva. Sin embargo, el resultado ha sido de momento muy decepcionante, pues el proyecto no altera el régimen de ingreso en los CIE ni garantiza la efectividad de los derechos de las personas internas, sino que consolida el modelo actual. Por ello, se ha señalado que el cambio de denominación a Centros de Estancia Controlada de Extranjeros (CECE) es un eufemismo inaceptable.

Puedes descargarte el informe completo en el siguiente enlace:

 
 

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